Ya no hay consejos fiscales. ¿Se juntan 38 cartas en total? ¡Vade Retro! Cuando pueda delegar legalmente su número dos, el teniente fiscal Ángeles Sánchez-Condeinformar al representante de la Autoridad General Tributaria (FGE) sobre si se debe cobrar o no Carlos Puigdemontsin pasar por un consejo fiscal de la primera sección penal del Tribunal Supremo, Álvaro García Ortíz, fiscal general del estado, No lo ocultes y cometas el error sin forzarlo a salir de las manos de los recaudadores de impuestos de la sección mencionada. Pero cuando, según el artículo 24.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Tributario, es necesario asumir la responsabilidad y definir qué se debe hacer con Puigdemont y el miembro del Parlamento Rubén Wagensbergel fiscal general del Estado delega en su número dos.
En una entrevista con la cadena SER, Álvaro García esto explica: «Es diferente el material con el que trabajaron sobre los impuestos de la Audiencia y el que los vinculó con el fiscal del Supremo. El que los vinculó con la Fiscalía del Supremo es un informe y una exposición racional de un juez interpretando los hechos de una causa. Lo que llega es un documento que resume unos hechos y que lleva a una conclusión, pero que tiene un juez. El fiscal de la Audiencia Nacional se aferra a la causa y hace su interpretación viendo los hechos, la causa, las certificaciones. El material de trabajo es diferente. Tienen el material que querían conservar. El Impuesto siempre pone a su disposición todo el material que pueden utilizar. Entendieron que con la exposición adecuada era suficiente».
Como informamos en este pasado partido, las autoridades fiscales del Tribunal Supremo sólo se plantearon definir el tiempo transcurrido el martes 6 de febrero como exposición justa del partido. Manuel García-Castellón. Dentro de los impuestos del Tribunal Supremo no se consideró necesario pedir nada al Impuesto de Audiencia Nacional.
Tanto el primer borrador del ponente, Álvaro Redondo, como el segundo tenían un punto en común: carecen de motivación. En el primero, Redondo apoya la imputación de Puigdemont; en el segundo se pronuncia en contra. Pero si alguien quiere saber por qué, lo tendrá crudo.
Como ha señalado a este periódico un miembro de la carrera fiscal tras leer los dos informes publicados, «en todos los años que he pasado nunca he visto un informe como estos. Confusión en el relato fáctico y ausencia total de motivación, tanto en un sentido -a favor de la imputación- como en el otro -en contra. Un desastre».
El Fiscal General añadió: «No tengo criterio de momento, prefiero no entrar en un proceso de toma de decisiones. Respeto lo que parte de la sección ha hecho. Dos fiscales jefes, dos personas que tienen la misma cualificación han discrepado y por ello quien está por encima jerárquicamente que decida. Esta es la solución a la que llegó la propia junta y la propia unanimidad de fiscales jefes de las dos secciones. Los cuatro jefes entendieron que la solución a ese conflicto es la teniente fiscal del Supremo».
Aquí está el problema. Los fiscales reunidos en junta el martes 6 de febrero no llegaron a “esta solución”. Algunos de ellos fueron informados, como ha declarado el fiscal Salvador Viada, ya terminada la reunión. En su caso se le acercó uno de los dos fiscales jefes, Fidel Cadena, mientras hablaba con el el fiscal Álvaro Redondo y le apuntó: “La ponencia la asume Geli”, en referencia a la teniente fiscal Ángeles Sánchez.
Lo que establece el Estatuto, es muy distinto. Lo que dice el 24.1 es lo siguiente en el párrafo dos: «Con la finalidad prevista en el número anterior [mantener unidad criterio], los recaudadores registrados en las distintas secciones que integran la Fiscalía del Tribunal Supremo celebrarán Juntas de Sección, las cuales serán presididas por el respectivo Fiscal de Sala. En los casos en que el criterio del Jefe Fiscal sea contrario a la opinión mantenida por el alcalde de los miembros del Consejo, el Fiscal General del Estado, el oído del Consejo Fiscal o el Consejo Fiscal de Sala resolverán sus respectivos ámbitos de competencia. funciones».
El fiscal jefe Fidel Cadena estuvo a favor de imputar a Puigdemont; el fiscal jefe Joaquín Sánchez-Covisa se manifestó en contra y apoyó todos los puntos presentados por el ponente en su borrador oficial, Álvaro Redondo. Por tanto, de aquí no se deduce que el asunto pase ahora a la teniente fiscal, Ángeles Sánchez-Conde.
Otra cosa es que lo hayan acordado Cadena y Sánchez-Covisa con los dos fiscales jefes de la sección segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, Pilar Fernández Valcarce y Luis Huete.
Pero si además se tiene en cuenta que se han expuesto, como señala el fiscal general en la entrevista citada, diferencias de criterio y que como señala el Estatuto (“los asuntos de especial trascendencia o complejidad y aquellos que afecten a la unidad de criterio habrán de ser debatidos…”), si no se convoca ahora una Junta de Fiscales de Sala, el órgano asesor más importante junto con el Consejo Fiscal, ¿para qué sirve dicho organismo?
«La norma no deja mucho margen a duda», dijo un fiscal consultado. «Oído el Consejo Fiscal o la Junta de Fiscales de Sala según la materia de que se trate. En este caso es evidente que se trata de la Junta de Fiscales de Sala. Pero se ve que en la Fiscalía General del Estado no tienen mucho tiempo para leer», añadió. Otro fiscal señaló: «En menudo lío se han metido. Todo por no hacer las cosas bien desde el principio. Lo que empieza mal no se puede saber cómo acaba».

