De acuerdo con la Ley, se contempla el tramo preferencial de 4% en los préstamos para viviendas a nivel nacional, por 10 años no renovables, cuyo financiamiento sea mayor de 45 mil dólares y no exceda de 80 mil dólares; igualmente 4%, por ocho años no renovables, para préstamos para viviendas a nivel nacional, cuyo financiamiento sea mayor de 80 mil dólares y no exceda de 120 mil dólares.
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Dicha ley, también abarca el tramo preferencial de 2% en los préstamos para vivienda plurifamiliar vertical a nivel nacional, por cinco años no renovables, cuyo financiamiento sea mayor de 120 mil dólares y no exceda de 150 mil dólares.
Asimismo, 1.5% en los préstamos para vivienda plurifamiliar vertical, por cinco años no renovables, cuyo financiamiento sea mayor de 150 mil dólares y no exceda de 180 mil dólares, únicamente en las provincias de Panamá y Panamá Oeste.
El ministro puso como ejemplo, que si la tasa de referencia bancaria es 7%, y el Estado absorbe 4% en el primer tramo en viviendas de 45 mil dólares a 80 mil dólares; y de 80 mil a 120 mil dólares, ese 3% es “un beneficio importante”.
Publicada en Economía
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