La Hacienda podrá obligar a las partes a presentar la declaración de alquiler exclusivamente por vía electrónica. El Gobierno se reservó una sorpresa de última hora que se recogió en el Real Decreto aprobado de nuevo para actuar para hacer frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania y que publicaron estos jóvenes en el BOE. El texto modifica la Ley del IRPF para introducir que «podrá establecer la obligación de presentar por medios electrónicos siempre que la Administración tributaria garantice una atención personalizada a los contribuyentes que soliciten asistencia para el cumplimiento de esta obligación».
El Ejecutivo respondía así a la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio que formaba parte de la Orden del Ministerio de Hacienda de 2019 que obligaba a presentar de forma generalizada la declaración de la Renta exclusivamente por vía electrónica. El Alto Tribunal, en su fallo, dejó constancia de que la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), en su artículo 14, reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la Administración, pero no lo establece como una obligación. Similitud, dado que el artículo 96.2 de la Ley General Tributaria dice que los ciudadanos «pueden» comunicarse con la Administración a través de medios electrónicos, por lo que no presupone una obligación ni siquiera un derecho.
Además, el Ejecutivo, para imponerlo como obligación debida, lo hizo mediante ley y no mediante orden ministerial, algo que ahora ha hecho a través de este Real Decreto-ley. Esta nueva norma justifica que «la realidad práctica» de los últimos diez años es que los contribuyentes han presentado su declaración del IRPF «a través de medios electrónicos propios, de terceros o facilitados por la Agencia». “En este sentido, se reconoce legalmente que será posible establecer la obligación de declarar por medios electrónicos siempre y cuando la administración tributaria garantice una atención personalizada a los contribuyentes que soliciten asistencia para cumplimentar la declaración por estos medios”, señala.
El Gobierno introdujo este cambio a última hora, después de haber señalado, ante la necesidad, que «esta calificación legal expresa existe antes de que se inicie la próxima campaña de alquiler y la orden reglamentaria del modelo de declaración del IRPF correspondiente al año 2023».
Además, también se ha modificado la Cantidad de Bienes y la de Gran Fortuna para establecer por ley la obligación de presentar declaraciones exclusivamente electrónicas (y sin embargo la Administración asegura una atención personalizada a los contribuyentes como ocurre con la Renta) dado que por la naturalidad de estos contribuyentes de el alto patrimonio «debe tener acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios».

