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Barcelona se suma a un colegio mayor del Opus Dei exento de tributar 100.000 euros al año

Barcelona se suma a un colegio mayor del Opus Dei exento de tributar 100.000 euros al año

A colegio mayor del Opus Dei obtuvo que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Por favor, confirma que no tienes que pagar el impuesto a los propietarios de inmuebles (IBI) que reclamaron el Ayuntamiento de Barcelona. De esta forma, el Colegio Mayor Bonaigua, una residencia de estudiantes con compromisos religiosos, matriculados en una universidad pública y en la que sólo se aceptan mujeres, ha conseguido financiación para una ampliación que a priori se extenderá entre 2020 y 2035 y que, sólo en El primer año esperabas un horror por tus arcos de más de 100.000 euros.

Así lo decretaron los magistrados de la Sección 1ª de la Sala Contencioso-Administrativo del TSJC en una sentencia en la que dieron acceso en primer lugar a El Periódico de España, del Grupo Prensa Ibérica, y en la medida en que desestiman los argumentos del consistorio según que este impuesto sobre beneficios puede ser contrario a la legislación europea, por lo que reclamó que el Ayuntamiento de Barcelona informe de este caso dentro del tema general de la extensión del IBI a la Iglesia Católica que fue el resultado en 2017 de la Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Además, por la administración gestionada así por su excelencia. Ada Colau Defiende también que este beneficio fiscal podría servir para reforzar la posición del consejo de auditoría frente a otros competidores del mercado que no tienen relación con el público y que, afrontando un impuesto periódico que sólo en un año superó los 100.000 euros, en tres ejercicios de maternidad dejan a la sombra de los 200.000 euros que fija la jurisprudencia de ABAJO’.

Por tanto, digo, la exención sería «una ayuda estatal incompatible con el derecho europeo», pero el TSJC cree por el contrario que el beneficio fiscal se justifica por su matrícula en la Universidad de Barcelona, ​​que es pública, y no por su vínculos con la Iglesia católica. El agente, tras ser reconocido en la sentencia, pretendía abordar el asunto ante el Tribunal Supremo, pero «no sabemos que el recurso haya sido admitido».

Vínculos con el Opus Dei

El trasfondo religioso del centro no se oculta ni se pregunta en ningún momento. En la página web del Colegio Mayor Bonaigua, registrado en la Universidad de Barcelona desde 2007, se define unas mismas, asegurando que «la identidad cristiana favorece un clima de amor y respeto por los demás, la libertad, la verdad y el bien común». que fomenta «la sensibilidad y el compromiso social» con «los más vulnerables». Además, afirma: «que quiera participar en actividades de estudio de la fe cristiana orientadas por personas de la Prelatura del Opus Dei».

Por su parte, el Opus Dei También habla de la relación que existe con el centro cuando explica que dentro de su delegación en Barcelona se encuentra el Oratorio de Santa María de Bonaigua, al que asisten sus sacerdotes y junto al colegio mayor, y la residencia de estudiantes, que está reconocida como una «obra corporativa». En concreto, y al ser un centro segregado por sexo, dice que se favorece la «formación integral», […] en especial de la mujer».

el reciente Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) aprobada en marzo de 2023 para que este tipo de centros segregantes por sexo, tanto residenciales como educativos, no reciban subvenciones públicas ni beneficios fiscales como la prórroga del IBI. Sin embargo, hay un periodo de adaptación para darles tiempo -hasta que caigan los convenios actuales-, aunque en algún momento centros como Bonaigua tendrán que decidir si mezclan sus instalaciones o pierden una excepción que en este caso supera los 100.000 euros por año.

Éste, en cualquier caso, no es el motivo por el que así lo juzgó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña tanto en la citada sentencia como en otra anterior de abril de 2023 referida al ejercicio de 2019. Si se mantiene la prórroga del IBI es porque se debe considerar que la junta de auditores tiene un espíritu sin fines de lucro, que cumple un estatuto en la vida universitaria y que, por lo tanto, el beneficio fiscal la requiere en forma independiente dada su condición de entidad vinculada a la Iglesia Católica.

Multas lucrativas con ayuda pública

Es estable la ley que se consideran entidades sin multas lucrativas, y, en consecuencia, exentas del pago de determinados impuestos, las asociaciones declaradas por utilidad publicaLo que podría ser aplicable en este caso, según la frase, se explica por el servicio que presta residencia a universidades cercanas para alojar a sus estudiantes.

Lo hizo, sin embargo, con un coste de 950 euros mensuales en régimen de pensión completa, por lo que, pese a estar declarada como entidad sin ánimo de lucro, tendría ventaja. Esto es lo que defiende la representación legal del consistorio, ya que se considera que se está produciendo una actividad económica que su jugo no se encuentra ante la legislación europea, por lo que otros actores privados también ofrecen el mismo servicio en el mercado y, sin embargo, no reciben esta ayuda pública.

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«No importa si la Junta de Auditores [Bonaigua] si se financia con donaciones de sus usuarios o con donaciones de terceros, podrá existir una prestación de servicios a cambio de una remuneración y actuar en el mercado interior con otros operadores privados con ánimo de lucro que presten los mismos servicios», sostiene el Ayuntamiento de Barcelona en la sentencia del TSJC que abre este periódico.

Los magistrados de la Sección 1ª del Salón Contencioso-Administrativo señalan, sin embargo, que el colegio mayor cumple una función de complementar socialmente la formación académica que reciben los estudiantes en la universidad, porque se justifica la utilidad pública reconocida en convenio con la Universidad de Barcelona.