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Cataluña puede ampliar sus competencias en materia de inmigración pero no puede conceder permisos de residencia ni de asilo

Cataluña puede ampliar sus competencias en materia de inmigración pero no puede conceder permisos de residencia ni de asilo

Articulaciones guardé la cartilla ‘ronda’ parlamentaria de Pedro Sánchez, tras una larga toma y daca que se prolongó desde el inicio de la votación. Los integrantes del consenso acordaron levantar el veto, pero exigieron que sea «tajada» en diversos asuntos, incluso más allá de los cambios concretos en los decretos en cuestión. Entre lo más importante destaca la «delegación integral del habilidades de inmigración a la Generalitat», aunque desde el momento en que se descubre la «letra» del pacto, Junts lo ha reconocido, y también tiene claro cómo será en base jurídica.

Artículo 149 de Constitución está claro: cuestiones como «nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo» son jurisdicción exclusiva del Estado, también a través de la ley 150.2 el Gobierno tiene margen para «traspasar o delegar a las comunidades autónomas, a través de la ley orgánica, las facultades correspondientes a una materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sea susceptible de transferencia o delegación».

Este artículo es el que aborda Junts para defender que el Gobierno puede ceder todas sus competencias en esta materia a la Generalitat. Por el momento, evite entrar en grandes desacuerdos sobre sus peticiones, a la esperanza de negociar la futura leypero deben entender que serán de la máxima importancia y que no se conformarán con «comendaciones», es decir, que las decisiones las toma el Gobierno, sino que las ejecuta la Generalitat.

Los posconvergentes creen que Cataluña debe tener las competencias «que ostenta como Estado» y, según ellos, esto incluye el control de los «flujos» migratorios -mediante la fijación de cuotas con las comunidades autónomas-, aspectos ligados a la obtención de permisos de residencia o trabajo o hasta la posibilidad de «eyector« inmigrantes multirrecientes.

Los limites

Sin embargo, los expertos constitucionales y de inmigración consultados por EL PERIÓDICO descartan que el traslado pueda ser tan lento como transmite Junts, porque No tenía la sensación de que Cataluña pudiera obtener o denegar un permiso de residencia o asilo sin que esa decisión fuera válida en el resto de España.. Desde aquí entendemos que es una competencia que el Estado no puede transferir, lo que nos hizo pensar en Ferran Camas, director de la Catedral de la Emigración y los Derechos de la Universidad de Gironaen la inconstitucionalidad de cualquier conocimiento de la actual semilla.

Sin embargo, todavía tengo margen para ampliar las competencias que tiene Cataluña, junto con Países Bajos, en esta materia. Por ejemplo, algunas comunidades se ocupan de la primera atención a los extraños, pero no de la segunda, ya que facilitan recursos o información sobre la sociedad y que corresponden al Estado. Aquí, según Junts, la Generalitat podría incidir y ofrecer cursos de lengua y cultura catalana, que actualmente se hacen con menores a través de la educación en «aulas de aprendizaje», pero no en adultos. Cataluña y el País Vasco ya están ocupados desde la primera autorización de permisos de trabajo, pero no desde su reestructuración.

Para Camas, que Cataluña también diera estos segundos pasos no presentaba problemas constitucionales a diferencia de lo que habría ocurrido si hubiera sido ella quien concedía o denegaba los permisos de residencia o el asilo, posibilidad de que finalmente se acordara, habría reaparecido ante el Tribunal Constitucional y se habría producido una declaración contraria a la Carta Magna, porque sólo tú puedes estar en manos del Estado. «Si lo hiciera una comunidad autónoma, el ciudadano no podría desplazarse hacia otras y esto vulneraría su libertad de caminar», añade este catedrático.

El Estatuto

El intento anterior de ampliar los poderes de inmigración incluía el Estatuto de 2006 fue declarado inconstitucional por el Tribunal de Garantías en la sentencia de 2010. Así lo recuerda el catedrático de Recho Constitucional y exletrado del TC, Joaquín Urías, que duda de que la nueva mayoría del tribunal, aunque sea progresista, pueda cambiar la doctrina establecida entonces. Urías considera que ninguna de las demandas de los posconvergentes se ajusta a la Carta Magna y considera que la única que podría ceder es la «gerencia».

En su opinión, la Generalitat podría tener, por ejemplo, el control de los centros de internamiento de extranjeros (CIE), que podrían estar gestionados por los Mossos y no por la Policía Nacional, o también podría ser la administración de referencia de extranjeros a la hora para pasar su permiso. Sin embargo, considere que no es posible decidir quién es admitido en un CIE o, en línea con Camas, a quién si te dan un permiso de trabajo o residencia.

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En consecuencia, la regulación de fronteras o el otorgamiento de asilo deben ser seguidos ya que son competencia exclusiva del Estado. «El margen es muy pequeño. Las habilidades de gestión se pueden transferir, pero no en caso de crisis política«, concluye Urías.

Por tu parte, Josetxo Ordóñez, abogado especializado en extranjería y doctor en Derecho por la Universidad de Barcelona, ​​considera que la declaración del PSOE-Junts es «un ridículo brindis al sol fruto de la ignorancia». Sostiene que Catalunya ha transferido todas las competencias en materia migratoria que tiene el Estatut de Catalunya, incluida la concesión de autorizaciones laborales. “Transferir competencias estatales es una tarea que requeriría muchos años de transición jurídica, además de muchos recursos que la Generalitat no puede asumir sin una transferencia económica importante. Es para remediar la enfermedad, y tengo los muchachos que si esta decisión la deben votar los catalanes», zanja la abogada.