El Tribunal Supremo (TS) condenó a dos personas Indemnizar a un árbitro con 12.000 euros de una discoteca quieren publicar comentarios en Facebook que «exceder los límites de la libertad de expresión atentar frontalmente contra el honor del solicitante y su dignidad como persona».
La Sala del Civile considera que las dos personas que publicaron los «comentarios deshonrosos» contra el árbitro no se limitan a criticar la suspensión del partido, sino que se dedica a descalcificarlo en su ámbito personal y también profesional como la policía local «de forma absolutamente desproporcionada para el objetivo significativo de las frases profesionales y para la ausencia de vinculación respecto de su ejecución arbitral, en ese momento, además, debe soportar comentarios notoriamente ofensivos».
El fallo del 12 de diciembre en el que fue colocada la magistrada Seoane Spiegelberg, también No es cierto que los comentarios no incluyan el nombre de la persona. porque aludiendo a su condición de árbitro de un partido concreto y a su profesión policial lo hacían identificable.
Además, obligamos a los condenados a borrar comentarios y publicar la sentencia en Facebook.

