
Se han impuesto al menos 15 multas Autorización para la protección del consumidor y defensa de la competencia (Acodeco) a supermercados y tiendas de conveniencia por violar la normativa vigente sobre productos posteriores o imitaciones.
Estas multas en primera instancia en los B/. 3.405,00 y se aplicó a 14 supermercados y una tienda de conveniencia, detalló Acodeco.
La entidad tiene registrados los agentes económicos que lo poseen. Ley 113 de 18 de noviembre de 2019 establecer el uso obligatorio de letras con las indicaciones, nombres en idioma español y países de origen de los productos.
El uso obligatorio de lectores que identifiquen el origen del producto se aplica a todos los alimentos de naturaleza animal o vegetal, sólidos, líquidos o procesados, destinados a ser ingeridos por las personas para su alimentación o nutrición.
Desde la entrada en vigor de esta legislación, la Autorización para la protección del consumidor y defensa de la competencia (Acodeco) aplicaron 103 muchos en primera instancia por B/.24,475.00 a diversos agentes económicos por incumplimiento.
Advierten que aquellos productos sucesores o imitaciones deben tener una letra que los identifique, para que los consumidores puedan distinguir entre el producto original y la imitación.
Si deseas leer este artículo deberás informarte si el producto es reemplazo o imitación, nombrado en español y en su país de origen.
Cabe señalar, que no se considera “letrero” a la etiqueta que se encuentra en el anaquel, donde se suelen incrustar los datos del precio o el nombre del producto, con códigos de barras.
Los siguientes productos son los que tienen propiedades similares al original, son más económicos y tienen menos valor nutricional.
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